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Espinoza dio su versión sobre la denuncia de abuso sexual en su contra: “Nunca sucedieron los hechos”

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Espinoza dio su versión sobre la denuncia de abuso sexual en su contra: “Nunca sucedieron los hechos”

A 24 horas del procesamiento dictado por la Justicia, el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, dio su versión sobre el abuso sexual que denunció su ex secretaria privada. “Se está ante una denuncia absolutamente falsa, tal como fue entendido por los fiscales en las dos ocasiones anteriores en las que pidieron el sobreseimiento en esta misma causa”, advierte a través de un comunicado.

Como se conoció en las últimas horas, el intendente de La Matanza fue procesado por abuso sexual y desobediencia, a raíz de una denuncia que había radicado en su contra una joven, novia de un empresario amigo, que trabajaba bajo sus órdenes como secretaria privada en el municipio.

Espinoza difundió un comunicado en el que resaltó que la decisión tomada por la Justicia “no está firme y se encuentra en etapa de apelación”, como así también manifestó que “nunca sucedieron ninguno de los hechos denunciados bajo ningún concepto”.

Para el intendente de La Matanza, “se trata de una mentira armada”. “Debe dejarse sentado sin lugar a ninguna duda que se está ante una denuncia absolutamente falsa, tal como fue entendido por los fiscales en las dos ocasiones anteriores en las que pidieron el sobreseimiento en esta misma causa”, agrega el escrito difundido en la tarde de este martes, tras el volumen que tomó la decisión la jueza María Fabiana Galletti, que además de procesar a Espinoza por abuso sexual también lo hizo por desobediencia.

En el comunicado dado a conocer este martes, se hace hincapié que hubo dos pedidos de sobreseimiento de parte de fiscalía. “La primera ocasión fue en agosto de 2022, primer pedido de sobreseimiento de la Fiscalía, y la segunda en diciembre de 2023, segundo pedido de sobreseimiento de la Fiscalía, tras la incorporación de peritajes psicológicos a la denunciante”.

“Sin embargo, en ambas ocasiones y a pesar de que la denunciante no apeló en ninguno de los dos casos, el expediente se mantuvo abierto”, advierte el jefe comunal. También pide considerar que “estamos ante una medida judicial que no está firme”.

El intendente pareciera dejar correr otros intereses detrás del procesamiento al que fue sometido; ya que plantea que “sin incorporación de nuevas pruebas ni nuevos testimonios, precisamente en este momento del país, con los mismos elementos de juzgamiento y en el mismo expediente, sorpresivamente se sigue tramitando la causa”.

Cuando Espinoza declaró ante la Justicia también negó los hechos. Sin embargo la magistrada, alegó que “el relato de la víctima asegurando haber sufrido esos tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin autorización, se encuentra respaldado con las conclusiones de los especialistas en la materia que la entrevistaron durante el desarrollo de la pesquisa”.

La denuncia en cuestión se radicó hace tres años, estuvo a punto de cerrarse por pedido de la fiscalía porque la víctima se había ido del país y no había impulsado la acción.

Los hechos se remontan a la madrugada día 11 de mayo. Según relató la víctima, el imputado refirió tener dolores cervicales y de espalda. Afirmó que estaba contracturado y ella le ofreció un remedio. Pero Espinoza le pidió masajes. Ella le dijo que no y lo mando a descansar, pero la respuesta fue: “No tengas miedo, dale”. De manera intimidante se desabrochó la camisa, afirma la denuncia. Le dijo que no tuviera miedo porque “las mujeres de sus amigos tenían bigote”.

“Llegado el momento de resolver la situación procesal de Tomás Fernando Espinoza adelanto que se lo procesará (…). Debe aclararse que en este tipo de delitos donde la experiencia ha demostrado que se desarrollan en un ámbito de absoluta intimidad sin la presencia de testigos, los hechos comienzan a definirse desde la persona abusada, es decir desde la víctima. Nótese que aquí la propia damnificada indicó respecto al hecho 1, que ocurrió mientras se encontraba a solas con el imputado en el interior de su departamento. Por lo tanto, en los delitos contra la integridad sexual, el testimonio de la víctima resulta naturalmente una prueba dirimente, toda vez que son hechos que, por su propia naturaleza, suelen tener lugar en ámbitos de intimidad y confianza, exento de las miradas de terceros”, se sostuvo en el fallo.

Para la jueza, “más allá que el accionar desplegado concretamente por el imputado no haya sido observado por terceras personas que pudieran atestiguar sobre ello, resultado que probablemente haya pretendido al efectuar los tocamientos lejos de la mirada ajena como suele ocurrir generalmente en este tipo de episodios, aprovechando la circunstancia de que se encontraba a solas con ella en el interior de su departamento porque, como indicó (la víctima), se trataba de la tercera -y última- vez que concurría forzando prepotentemente los encuentros; ello, no resulta óbice para arribar al temperamento que aquí pregono. Ello por cuanto, el relato de la víctima asegurando haber sufrido esos tocamientos impúdicos sobre su cuerpo sin autorización, se encuentra respaldado con las conclusiones de los especialistas en la materia que la entrevistaron durante el desarrollo de la pesquisa”.

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