En medio de la polémica con Alberto Fernández, la oposición impulsa una amnistía para las personas que tienen causas penales por violar la cuarentena
El escándalo que envuelve al ex presidente Alberto Fernández empieza a tomar derivaciones impensadas. Mientras la justicia avanza en la investigación por la denuncia de violencia de género, que hoy tiene al ex mandatario imputado por lesiones graves y amenazas coactivas, en el Congreso de la Nación asoma un proyecto de ley que se apoya de alguna forma en una serie de episodios bochornosos que en su momento salieron a la luz –como la fiesta de Olivos– y otros más novedosos que hoy conmocionan a la opinión pública.
La semana que viene comenzará a tratarse en comisión una iniciativa del diputado Oscar Agost Carreño, presidente del PRO de Córdoba y miembro del bloque Encuentro Federal, quien tiene como propósito extinguir las acciones penales contra quienes fueron imputados por no cumplir las normas establecidas durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), que se implementó para contener el avance del Covid-19.
La iniciativa busca dar un cierre definitivo a los procesos judiciales iniciados contra ciudadanos que infringieron las restricciones impuestas por el gobierno de Alberto Fernández entre 2020 y 2023. Según explica el diputado, la idea está motivada por el “profundo malestar” que persiste en la sociedad argentina tras las duras medidas de confinamiento que -entiende- generaron situaciones de desigualdad e injusticia.
“Mientras la población cumplía con el confinamiento, enfrentando dificultades emocionales, económicas y sociales, vimos cómo desde el poder político se cometían excesos y se burlaban de las mismas normas que imponían”, subrayó el diputado.
El proyecto establece que se extinguirán las acciones penales iniciadas bajo el artículo 205 del Código Penal, que sanciona a quienes violan las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia.
Esta extinción aplicará únicamente a aquellas personas que no estén prófugas, en rebeldía o que no hayan sido citadas a declarar antes de los 60 días desde la promulgación de la ley. Además, se especifica que las acciones civiles seguirán su curso normal y que no se verán beneficiadas por esta ley aquellas personas imputadas por delitos de mayor gravedad, como la propagación intencional de enfermedades.
Según informaciones periodísticas, más de 55.000 causas judiciales se iniciaron en la Justicia federal desde abril de 2020 hasta octubre de 2021 por violaciones al ASPO, la mayoría de las cuales están vinculadas a ciudadanos que circularon por la vía pública.
El proyecto tiene en su artículo tercero -contiene solo cuatro y el último es de forma- una “salvedad” a esa extinción y se refiere a los funcionarios públicos. Según el texto, la extinción “no comprende a las acciones penales que hubieran sido cometidas por los funcionarios públicos estando en ejercicio de sus funciones”. Asimismo, también señala que no las exime de las acciones civiles.
Con respecto a este último punto, el proyecto del legislador de PRO hace la salvedad de que la propuesta de “punto final” es sólo para las acciones penales, las civiles continuarán su curso legal. Por otra parte, también excluye de esto a las personas que tienen causas por las acciones penales en los casos de delitos del artículo 202 del Código Penal Argentino, que son aquellas acusadas de la propagación intencional de enfermedades.
El proyecto de Agost Carreño podría comenzar a ser tratado la semana que viene en la Comisión de Derechos Humanos que preside la diputada Sabrina Ajmechet (PRO), en donde en los últimas reuniones se recogieron testimonios de familiares de víctima durante la pandemia que no pudieron despedir a los suyos por las restricciones sanitarias.
El proyecto lleva también las firmas de Miguel Ángel Pichetto, Ricardo López Murphy, Juan Manuel López, Margarita Stolbizer, Carlos Fernández, Mónica Fein, Mónica Frade, Esteban Paulón, Paula Oliveto y Agustín Domingo.