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En 1061 dos gallegos firmaron un acuerdo legal. Cada vez más historiadores creen que en realidad se trata de una boda gay

En los archivos de un convento medieval uno esperaría encontrarse contratos, bulas, libros de horas y de himnos, códices iluminados y una amplia, amplísima variedad de documentos administrativos y religiosos. Lo que difícilmente entrará en la lista es lo que los historiadores sospechan haber descubierto en el cartulario del monasterio de San Salvador de Celanova, provincia de Ourense. Allí, de forma más o menos velada, con una redacción sugerente que ha azuzado la curiosidad de varios eruditos a lo largo de las últimas décadas, han localizado un documento que parece hablarnos de un matrimonio homosexual en el rural gallego del siglo XI.

Así es como Pedro Díaz y Munio Vandilaz han resurgido de las brumas medievales para protagonizar una incógnita fascinante de la Galicia de hace 900 años.

¿Una boda gay en el Ourense del XI? Una pregunta tal que así es la que ha usado José Miguel Andrade, catedrático de Historia Medieval de la Universidad de Santiago de Compostela, para titular su último artículo en The Conversation.

El interrogante es fascinante. Tanto por la historia que nos sugiere, protagonizada por dos hombres del siglo XI llamados Pedro Díaz y Munio Vandilaz, como por lo que nos dice sobre la sociedad altomedieval y la Galicia de hace casi 1.000 años. De hecho, el propio Andrade aprovecha su ensayo para reivindicar que la Edad Media tiene poco que ver con la imagen oscura que ha cuajado en el imaginario colectivo.

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¿Un documento convencional? En el centro de esa intrigante pregunta planteada por Andrade hay un documento legal firmado en 1061, escrito en latín y no excesivamente extenso que aún hoy puede consultarse a través del Consello da Cultura Galega. El texto, conservado en el cartulario del monasterio del Salvador de Celanova, es básicamente un acta en la que dos hombres, Pedro Díaz y Munio Vandilaz, se comprometen a compartir la gestión de la casa y la iglesia de Santa María de Ordes, que según desliza Andrade se correspondería con una parroquia que aún hoy se llama así en Rairiz de Veiga, comarca de A Limia, Ourense.

Lo de que dos laicos acuerden cómo gestionar propiedades que hoy consideraríamos eclesiásticas quizás nos chirríe en el siglo XXI, pero no en el XI, recuerda el catedrático de Santiago. "Las iglesias y monasterios formaban parte del patrimonio de las familias más acomodadas económicamente y que estas decidían con total libertad y autonomía qué hacer con él", recuerda: "La Iglesia aún no tenía la fuerza y capacidad suficientes para exigir autonomía en la gestión de sus bienes".

La importancia de los detalles. Hasta ahí nada excepcional. Un acuerdo más de la Edad Media conservado durante siglos entre los legajos polvorientos de un antiguo monasterio. Lo fascinante llega al leer el texto con atención, fijándose en los detalles. El primero es que Pedro y Munio no comparten apellidos, con lo que todo indica que se trata de dos amigos, algo que aclara el propio texto.

Otro aspecto interesante señalado por Andrade es que el acuerdo precisa que ambos, Pedro y Munio, son "propietarios en pie de igualdad" de la iglesia que se cita en el acuerdo, en el que se enumera además de forma detallada, las funciones que les corresponden asumir cada uno de ellos. Responsabilidades que van desde la atención de los huéspedes al cuidado de los siervos o los huertos.

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"Llenos de fidelidad y verdad". De nuevo, hasta ese punto el documento resulta interesante, pero sigue sin ser excepcional ni se ve asomo de que Pedro y Munio puedan ser algo más que dos buenos socios. A medida que avanza la lectura sin embargo el texto "empieza a adquirir un tono menos habitual", anota Andrade. Entre formalismos, el documento desliza que ambos respetaran lo pactado "como buenos amigos, llenos de fidelidad y verdad" para siempre, día y noche.

"Fueron estas expresiones emocionales, que podríamos pensar que van más allá del mero formulismo documental, las que han llevado a algunos historiadores a ver en este pacto algo más que un nuevo ejemplo de esta fraternidad artificial", admite el experto. No es el primero en apuntar en esa dirección. Él mismo recuerda que el célebre historiador estadounidense John Boswell, de la Universidad de Yale, aludió al caso gallego en 'Las bodas de la semejanza', un ensayo de 1996 en el que hablaba precisamente de uniones homosexuales entre la Antigüedad y la Edad Media.

Una duda que ya dura varias décadas. El medievalista estadounidense, precisa Andrade, escogió el documento conservado en el cartulario del monasterio ouresano "como uno de los que, según su hipótesis, encubría una unión afectiva y marital entre dos varones". Aunque Boswell fue quien abrió el camino, antes que él ya otro historiador, el granadino Eduardo de Hinojosa, se había fijado en la curiosa redacción y peculiaridades del acuerdo firmado en Ourense a mediados del XI.

Su interpretación es algo distinta, aunque Andrade recuerda que De Hinojosa, un jurisconsulto que llegó a pertenecer a Unión Católica, vivió entre 1852 y 1919, una época en la que imperaban "estándares mentales" que "no eran los más apropiados para adentrarse en una historia de sentimiento, sexo u homosexualidad".

Desde la época de De Hinojosa otros investigadores han abordado los posibles significados del acuerdo suscrito entre Pedro y Munio, además de John Boswell o el propio Andrade. El filólogo e historiador gallego Carlos Callón recurre al texto de 1061 en su obra 'Amigos e sodomitas', publicado en 2011 y en el que reflexiona sobre la existencia durante la Edad Media de relaciones sentimentales entre personas del mismo sexo que se mantenían de forma pública.

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La "fraternidad artificial". Si bien el contrato gallego ha resultado lo suficientemente sugerente como para captar la atención de varios investigadores desde el siglo XIX, tanto dentro como fuera de España, Andrade recuerda que al menos parte de su contenido puede enmarcarse en una contexto mayor: el de la "fraternidad artificial", una fórmula extendida a otros países que establecía un vínculo estrecho, con contrato incluido, entre personas de diferentes familias.

"Se encuentra con distintos caracteres y modalidades en todas las edades de la historia —explicaba ya en 1905 un artículo de la Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos—. Se establece este vínculo mediante contrato entre individuos no unidos generalmente por ninguna otra relación de parentesco, los cuales convienen en considerarse como hermanos, ya para protegerse y defenderse mutuamente, ya para poseer y explotar bienes en común, o con ambos fines a la vez".

La importancia de los detalles. En el ensayo que acaba de publicar en The Conversation, Andrade insiste en que la "fraternidad artificial" es "una fórmula legal rastreable por buena parte del mundo de la Europa de la Alta Edad Media" y reconoce que el acuerdo entre Pedro y Munio se aborda una propiedad compartida por dos hombres; pero el experto de la USC se suma a otros autores previos al destacar las peculiaridades del documento conservado en Ourense.

La clave, insiste, está en los detalles, las frases, "expresiones emocionales" que en ocasiones parecen dejar entrever algo más que "el mero formulismo documental". Al menos de momento las teorías e hipótesis se han visto obligadas a quedarse en ese terreno, el de la especulación. Ir más allá diez siglos después no es sencillo.

Una misión complicada. "No es fácil la tarea de interpretar el documento original", admite Andrade. Para lo que sí sirve el pacto de 1061, en su opinión, es para alejar la idea de que la Edad Media fue una etapa de barbarie. "Dista mucho de ser la época oscura, retrógrada y salvaje que algunos aún imaginan", subraya.

"Es importante recordar que en estos siglos centrales del medievo surge hasta una literatura homoerótica que nos habla de una cierta permisividad y reconocimiento en las relaciones afectivas y sexuales entre personas del mismo sexo”.

Queda la duda de si el discreto pero intrigante acuerdo firmado por Pedro y Munio hace 963 años es una demostración inesperada de cómo dos hombres podían llevar una vida semejante a la de un matrimonio heterosexual en la Galicia del siglo XI.

Imágenes | Wikipedia y Darío Álvarez (Flickr)

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La noticia En 1061 dos gallegos firmaron un acuerdo legal. Cada vez más historiadores creen que en realidad se trata de una boda gay fue publicada originalmente en Xataka por Carlos Prego .

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