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El INAI anuló resoluciones del gobierno de Alberto Fernández y le quitó respaldo legal a una comunidad mapuche

Condenan a cinco integrantes de una comunidad mapuche por una usurpación en Bariloche
Los terrenos reclamados por la comunidad Buenuleo

El presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), Claudio Avruj, anuló dos resoluciones que otorgaban respaldo a una comunidad que usurpó un predio ubicado cerca de Bariloche.

La resolución de Odarda amparaba la ocupación de la comunidad mapuche Buenuleo al reconocer la preexistencia del grupo en el lugar, en el marco del relevamiento territorial que establece la Ley 26.160.

El propietario de las tierras, Emilio Friedrich, apeló la resolución de Odarda e inició un extenso proceso judicial para revertir el reconocimiento. La Justicia hizo lugar al planteo y ordenó el desalojo. Ahora el INAI anuló la normativa.

Avruj, a través de la red social X, aseguró que “la gestión kirchnerista fue arbitrariamente contra la propiedad privada, sin participación de la provincia de Río Negro ni del titular de la tierra. Por eso revocamos esta resolución porque no correspondía”.

La decisión obtuvo el visto bueno de distintos sectores de Bariloche. En ese marco, el diputado nacional por Río Negro, Agustín Domingo, felicitó al organismo por la derogación de la resolución “que no respetaba el debido proceso”.

Aseguró que la conducción de Odarda “avanzó de forma inconsulta sobre la propiedad privada” y destacó los alcances de la medida, afirmando que “se puso del lado de la coherencia”.

En septiembre de 2019, los integrantes de la lof Buenuleo irrumpieron de forma intempestiva en el lote pastoril 172 y tomaron posesión de 92 hectáreas. Lo hicieron, según la Justicia, “con violencia y clandestinidad”.

A partir de allí el caso atravesó un extenso proceso judicial, con la intervención incluso de la Corte Suprema de Justicia que bloqueó el reconocimiento de la comunidad Buenuleo, al asegurar que el INAI omitió dar intervención al gobierno provincial, tal como lo establece la ley.

En marzo la Justicia le dio la razón al reclamante, ordenó el desalojo de los usurpadores y condenó a cinco de los integrantes de la comunidad Buenuelo, a pesar de lo cual aún mantienen la posesión del predio en litigio.

La decisión de Odarda cosechó numerosos cuestionamientos de la sociedad barilochense. Los mapuches, por lógica, la celebraron.

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Claudio Avruj (Maximiliano Luna/)

Las resoluciones que anuló el INAI son las 159/2022 y la 151/2023, las cuales están vinculadas a la polémica medida de Odarda, quien dio por cumplido el Relevamiento Técnico, Jurídico y Castastral contemplado en la ley 26.160 y de esa forma le otorgó legalidad a la ocupación,

Fiedrich presentó un amparo solicitando la nulidad de esa norma, rechazado en primera instancia pero apoyado en junio de 2021 por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1, que terminó anulando la resolución 90/2020.

Odarda intentó seguir adelante con la aplicación de esa resolución y en ese contexto promovió una de las dos resoluciones que ahora revocó Avruj.

“El organismo (INAI), durante la gestión de (Alberto) Fernández, buscó beneficios para los mapuches a cualquier costo, avasallando los derechos de los propietarios y avalando usurpaciones, muchas de las cuales se ejecutaron de forma violenta” aseguraron fuentes con acceso al expediente.

“Esta resolución busca mayor seguridad jurídica y tutelar a la Comunidad Indígena sujeta de derecho, a los fines que en un futuro cuente con una resolución que dé por finalizado el Relevamiento Técnico, Jurídico y Catastral, y reconozca su Ocupación Actual, Tradicional y Pública que no se encuentre constantemente controvertida”, argumentó.

Cuando fueron condenados cinco de los nueve integrantes de la comunidad, la Justicia confirmó la preexistencia de integrantes de la familia Buenuleo en las tierras en conflicto, aunque mencionó también que uno de ellos – Antonio- vendió varias de sus propiedades a distintos compradores.

Esas operaciones fueron desconocidas por quienes intentaron recuperarlas en 2018, aduciendo una “recuperación ancestral”.

El fallo fue unánime. Los magistrados Romina Martini, Víctor Gangarrosa e Ignacio Gandolfi rechazaron el argumento de la defensa acerca de la recuperación territorial para confirmar la sentencia.

Entre los condenados está la máxima autoridad de la comunidad, Ramiro Buenuleo, su pareja Sandra Ferman, Lucas Dinamarca, Rosa Buenuleo y Aucán Maliqueo, en tanto que otros cuatro de sus integrantes fueron sobreseídos, debido a la falta de evidencia para certificar que participaron del despojo.

Durante el juicio, Odarda defendió el accionar de los usurpadores al argumentar su preexistencia en el territorio: “Están hace más de 130 años”.

En su declaración ratificó su defensa a los intrusos. Defendió además la resolución del año 2020 que reconocía la propiedad de la lof Buenuleo sobre más de 600 hectáreas, dentro de las cuales se encuentran las 92 en litigio.

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